El oficialismo libertario logró aprobar en el Senado esta madrugada el proyecto de ley reforma laboral gracias al aporte de los bloques de la oposición dialoguista, quedando las diferentes versiones del peronismo, con el kirchnerismo a la cabeza, en soledad en el rechazo a la iniciativa.
El proyecto impulsado por la Casa Rosada fue aprobado por 42 votos a favor y 30 en contra. Tras la aprobación el particular, el texto fue girado a la Cámara de Diputados para su tratamiento en revisión.
El objetivo del Gobierno es tenerla sancionada antes de la asamblea legislativa del 1° de marzo, cuando Javier Milei hablará ante ambas cámaras legislativas para inaugurar un nuevo período de sesiones ordinarias.
Una por una las modificaciones más importantes que promueve LLA.
Mantendrá su vigencia hasta que se concrete el traspaso de sus competencias a la Justicia porteña. Se abre una puerta para la “progresiva reorganización o transformación” de este fuero, aunque no podrá incluir materias laborales de competencia federal.
Se establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme.
Es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos.
El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones).
Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo o haber sido empleado público.
En los hechos, sí, sostiene la oposición. El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.
El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.
El dictamen mantiene la derogación de cinco estatutos (periodista, viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía), pero una vez transcurridos seis meses de la sanción de la ley.
A partir de esta modificación, la comunicadora Nancy Pazos realizó una protesta en la puerta del Congreso.
El proyecto define una nueva categoría laboral para el sector de las aplicaciones. Crea la figura de repartidor independiente y habilita la libertad de formas de contrato.
La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales” al menos el 50%.
El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas. Las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.
Si un trabajador sufre un accidente o una enfermedad ajenos a sus tareas laborales, recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a cargo o 6 meses si las tiene, siempre que el hecho derive de una actividad voluntaria y consciente.
Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos.
La primera modificación es que ya no se considerarán conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios en la base de cálculo de las indemnizaciones por despido.
A su vez, se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador.
Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual.
Respecto de la forma de pago de las indemnizaciones, la nueva normativa indica que las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de seis cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.
El proyecto contempla la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales.
Estos porcentajes se ubican en el 1% para las grandes empresas, y en el 2,5% para las pymes. Cabe destacar que la administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores.
El texto del proyecto de ley de la reforma laboral propone que el empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. De todos modos, las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período.
Otro punto relevante del documento habla sobre el fraccionamiento de las vacaciones de mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador. Esto será posible siempre y cuando cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.
La reforma laboral establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas. Respecto de las horas extras, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios.
En tanto, se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período inferior a la jornada legal.
Junto a La Libertad Avanza acompañaron la iniciativa la UCR, el Pro y un puñado de diferentes fuerzas provinciales y monobloques. En la vereda de enfrente se ubicaron los 28 senadores del conglomerado peronista del interbloque Popular más los dos provinciales de Santa Cruz.
Tras la aprobación en general, el Senado se sumergió en el debate en particular del proyecto. Fueron 26 votaciones, una por cada título que contiene el proyecto, y la discusión se extendió por más de dos horas debido que se le introdujeron medio centenar de modificaciones al dictamen, todas negociadas por la jefa de la bancada oficialista y principal artífice de la aprobación del proyecto, Patricia Bullrich (Capital).
El Gobierno logró imponer la iniciativa en la Cámara alta por un amplio margen de 42 votos a favor y 30 en contra en la votación general. En el debate en particular se hicieron más de 50 cambios.
La votación en general se produjo cerca de la 1.30, después de más de 13 horas de debate y se logró bajo la atenta mirada de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, ubicada en uno de los palcos del recinto del Senado. Sentados a su lado estaban el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro del Interior, Diego Santilli.
Los tres funcionarios permanecieron en sus asientos durante todo el debate en particular, que se extendió hasta poco más de las 3.30 de la mañana.
