Condena por difusión de imágenes íntimas en Chaco: Es ejemplar, aseguró la abogada de la víctima

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La abogada de la víctima, Mayra Leguiza, destacó la sentencia de la jueza de Faltas Provincial, Marcela Cortés, que condenó a la expareja de una funcionaria provincial y a otros dos empleados de la Dirección Provincial de Catastro por la viralización de imágenes íntimas de la mujer. En ese sentido, destacó que es la primera vez que se aplica el concepto de “identidad digital” en una sentencia en la provincia, que junto a CABA son las únicas dos que lo incorporaron en sus Códigos de Faltas hasta el momento.

“Es la primera que tiene estas características en sí, porque si bien han habido condenas por difusión, lo que tenemos que saber es que es nuevo nuestro Código de Faltas, este tema de la difusión de imágenes no consentidas, porque se agregó algo que se llama identidad digital”, explicó Leguiza.

En ese sentido, reflexionó que “vivimos en un mundo en lo que todo lo que nosotros hacemos lo compartimos a través de las redes, los canales de difusión, las mensajerías instantáneas, ¿no? Entonces, el honor que uno tenía antes cuando caminaba por la calle y que, bueno, si alguien hablaba mal de uno o quedaba mal con los demás y demás, se trasladó”. Al respecto, destacó que “el derecho ve una necesidad y muy acertadamente nuestros legisladores lo incorporan. A nivel nacional tenemos la ley Olimpia, que obviamente es por una mujer que también le pasó algo muy parecido y luchó en México. Solamente la ciudad de CABA y Chaco aceptan esto dentro de sus códigos de faltas; no es un delito todavía”.

Leguiza reveló que existe un proyecto de “ley Belén” para incluirlo dentro del Código Penal. “Entonces es una de las primeras sentencias que da ejemplo de cómo se la puede violentar a una mujer a través de la difusión no consentida de una imagen. Y más que nada es la primera vez que se condena a una mujer por haber violentado a otra dentro de este contexto”, subrayó.

El expediente, de seis cuerpos, incluyó testimonios protegidos, respuestas de Google y WhatsApp, y recuperación de datos borrados. “Se vieron historiales de navegación, búsquedas para desvincular cuentas… Todo quedó demostrado”, afirmó Leguiza. Pese a las defensas de los acusados —sin antecedentes contravencionales—, la jueza impuso multas, aunque advirtió: “Esto no termina acá. Seguiremos investigando a quienes aún tengan las imágenes”.

La abogada enfatizó que el caso debe cambiar el relato social: “Antes se decía ‘no saques fotos’. Hoy decimos: no violes la identidad digital. Hay consecuencias”. Además, destacó la importancia de la Ley Micaela en ámbitos laborales: “Los gremios deben actualizarse en derechos, no solo laborales. Las mujeres estamos expuestas a que vulneren nuestra integridad”.

Tras la sentencia, reconoció que recibió consultas de otras víctimas. “Mi clienta fue la primera en animarse. Hoy otra mujer ya denunció. Espero que esto sea un mensaje: el patriarcado no va más”, concluyó.

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